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JP 49 dOSSIER tRIbUtARIO ANdALUCíA Bingo tradicional: 15% sobre el valor facial de los cartones jugados. Bingo electrónico: 20% sobre el win. Si se realizan pruebas de nuevos juegos de bingo, el tipo se grava en el 20% sobre win. ARAgóN bingo tradicional: Tipo del 30% sobre la base imponible, cuya determinación es trimestral, que es el 35'5% de los cartones vendidos. El retorno a premios es el 66% del valor facial de los cartones vendidos. Bingo electrónico: 30 % sobre el win. AStURIAS Bingo derivado: 25% sobre win. Bingo electrónico: 20% sobre win. • Durante el primer ejercicio de implantación del bingo electrónico el tipo se fija en el 10% sobre win a condición que la sala mantenga su plantilla media durante el citado ejercicio Impuesto regional sobre el bingo: 10% sobre el 74% que se destina a premios en cada partida. bALEARES bingo tradicional: Tipo del 17% subordinado al mantenimiento de la plantilla; si no se sumple esta condición, el tipo se fija en el 19% (ley de Presupuestos 2023, que modifica la ley 28/2010, de 16 de julio). Bingo electrónico: 25% sobre el win. CANARIAS bingo tradicional: 16 % sobre los cartones jugados. Bingo electrónico en sala: Tramos fiscales, según volumen absoluto de compra: • Hasta 3’5 millones de euros: 30% sobre win. • Más de 3’5 millones de euros: 45% sobre win. Bingo electrónico en red: 20 % sobre win CANtAbRIA Bingo electrónico de sala: cada empresa tiene que asignar cada trimestre natural una cantidad no inferior al 70%, ni superior al 85% de lo jugado. En cada partida tienen que destinarse al menos el 40% de lo jugado. Bingo electrónico: 15% sobre win. CAStILLA-LA MANChA Bingo Tradicional: 20% sobre el importe del valor facial de cartones adquiridos Bingo Plus: 15% sobre cantidad jugada. El devengo se genera antes de la compra de los cartones, el porcentaje el mapa tributario del Bingo en 2024 actualizamos la situación tributaria del sector del bingo, que tras el período pandémico ha incorpora novedades. Fuente: revista JP

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