Como es habitual en este tipo de procedimientos de 'consulta pública previa' los considerandos sometidos a valoración son muy genéricos, aunque en este caso se resumen fundamentalmente en el criterio de la disposición elegida: vía decreto.
Son diez días hábiles a contar desde el 22 de abril, que acometen la iniciativa en el objetivo de "reforzar y garantizar la seguridad jurídica en las actividades de inspección y control en materia de juegos, apuestas y espectáculos".
La finalidad de las funciones de control e inspección buscan el desarrollo de las previsiones que puedan habilitarse a los servicios de inspección y control en materia de espectáculos públicos (ley 3/2007, de 5 de abril), además de juego y apuestas conforme a la modificación de la ley del Juego vigente (ley15/2006, de 24 de octubre).
Según el Ejecutivo autonómico, la elección de la fórmula del decreto "pretende desarrollar y actualizar la regulación del régimen de inspección en materia de juego, apuestas y espectáculos públicos".