La interpretación de la Jefatura del Servicio de Juego y el bloqueo de impulsar un desarrollo normativo de la ley a causa del proceso electoral autonómico, justificaciones para este freno que colapsa la comercialización de producto B por los fabricantes en el mercado balear.
El origen de la cuestión radica en la exigencia de incorporar en la máquina B en Hostelería una pantalla con una serie de preguntas a responder por el usuario antes de comenzar la partida. Así lo estipula el nuevo redactado del artículo 13.6 de la ley del Juego de Baleares, que también asignaba un plazo de adaptación a este requisito de las máquinas B en operativa: lo que restara de vigencia de las autorizaciones de explotación, a excepción que vencieran el 31 de diciembre de 2023, en cuyo caso la prórroga saltaba al 31 de diciembre de 2024.
Los fabricantes tienen que proceder a la adecuación técnica de este nuevo requisito en aquellas nuevas máquinas que lancen al mercado, lo que exige un tiempo. Pero, ¿qué ocurre si los operadores quieren promover un canje de sus máquinas o pretenden incorporar una máquina a un nuevo bar en la actualidad? Las respuestas a estas preguntas aparentemente no hallaron espacio en el texto de la nueva ley.
En los días siguientes a la vigencia de la norma (9 de abril) no parecía existir mayor dificultad y aparentemente los canjes solicitados fueron tramitados. Una vez reincorporada tras un período de baja la jefa del Servicio de Juego, María Cañellas, y con el respaldo de los servicios jurídicos del Govern, la interpretación de la norma ha sido que no podían acometer los canjes, circunstancia que significa de facto paralizar la comercialización de todo producto B que dispusiera de homologación previa a la vigencia de la ley del Juego.
Fuentes empresariales consultadas por JPNoticias, lamentan la situación generada "porque no tiene visos de solución inmediata y acontece al inicio de la campaña de verano, muy relevante para las empresas operadoras".
Las consultas realizadas ante la Direcció General de Comerç i Empresa tampoco han despejado solución alguna. La respuesta ha sido que la vía administrativa en pleno período electoral no capacita emprender un desarrollo reglamentario de la ley, que presumiblemente ayudaría a su resolución.
El talante reglamentista que caracteriza la mayor parte de modificaciones de las nuevas leyes del Juego autonómicas tienen este tipo de consecuencias porque a expensas de su desarrollo reglamentario, en ese interín impacta en el libre desarrollo del mercado.
Los operadores pierden margen de maniobra en el diseño de su estrategia comercial en Hostelería, y los fabricantes tratan de asimilar que en un período seguramente no inferior a cuatro o cinco meses quedan inhabilitados para comercializar sus productos en el mercado balear.