El diálogo social y la reciente sentencia del Tribunal Supremo aceleran la modificación de dos artículos de la ley del Estatuto de los Trabajadores, cuya efectividad tendrá lugar el próximo 12 de agosto, tras su aprobación en el real decreto-ley 9/21, de 11 de mayo, publicado en el BOE del pasado miércoles 12 de mayo.
Modifica el artículo 64 del texto refundido de la ley del estatuto de los Trabajadores (real decreto-legislativo 2/2015, de 23 de octubre) sobre los derechos de información y consulta de la representación legal de las personas trabajadoras añadiendo un párrafo nuevo que "reconoce el derecho del comité de empresa a ser informado por la empresa de los parámetros, reglas e instrucciones en los que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de trabajo, acceso y mantenimiento del empleo, incluida la elaboración de perfiles".
Igualmente introduce una nueva disposición adicional sobre la presunción de laboralidad de las actividades de reparto o distribución de cualquier tipo de producto o mercancía cuando la empresa ejerce sus facultades de organización, dirección y control mediante la gestión algorítmica del servicio o de las condiciones de trabajo a través de una plataforma digital.
Los algoritmos se introducen en todos los aspectos de las condiciones de trabajo y sus alteraciones se están dando de manera ajena al esquema tradicional de participación de las personas trabajadoras en la empresa.
A este respecto el diálogo social señala que "no podemos ignorar la incidencia de las nuevas tecnologías en el ámbito laboral y la necesidad de que la legislación laboral tenga en cuenta esta repercusión tanto en los derechos colectivos e individuales de las personas trabajadoras como en la competencia entre las empresas".