En Catalunya a partir del viernes 5 de noviembre es requerido el 'pasaporte Covid' a los invitados a banquetes y celebraciones en eventos en los que pueda bailarse en espacios cerrados, es decir, se equiparan a las actividades propias del ocio nocturno.
La decisión de la Generalitat fue avalada el día antes por el TSJC al entender que es conforme con la jurisprudencia del Tribunal Supremo que exige adoptar "medidas lo menos agresivas posible y que sirvan para preservar el derecho a la salud y a la vida". El aforo máximo en espacios interiores de ocio nocturno es del 80%. La medida es por espacio de catorce días.
Respecto de la hostelería, restauración y locales de juego la Resolución 3293/2021, de 3 de noviembre, prorroga las medidas que fundamentalmente apelan a la garantía de ventilación del espacio de manera natural u otros sistemas de ventilación.
En la Ciudad Autónoma de Melilla desde el sábado 6 de noviembre pueden utilizarse las barras de los bares, restaurantes, pubs y discotecas preservando la distancia de seguridad de 1'5 metros entre las personas. Además, es permitida la posibilidad de bailar en las discotecas, pero portando mascarilla. El consumo en mesa exige el mantenimiento de una distancia de 1'5 metros entre cada grupo de comensales. En los locales de ocio nocturno se establece un aforo interior del 75%.