Andemar Catalunya informa a sus asociados del presumible expediente que la Comisión Europea abrirá al Estado español por la asignación de un límite de pago de efectivo.
El expediente abierto por la Dirección General de Fiscalidad y Unión Aduanera de la UE basa su fundamento en un dictamen del Banco Central Europeo (BCE) en el cual son rechazados los límites en efectivo porque "pone en peligro el concepto de 'curso legal' del euro".
Según el dictamen, limitar como moneda de pago supone dificultar notablemente la liquidación de operaciones legítimas mediante el uso de efectivo como medio de pago".
En esta misma línea se ha pronunciado el BCE cuando califica de "desproporción" la asignación de esta directriz en las transacciones en España.
El artículo 18 de la ley 7/2012, de 29 de octubre, fue modificado por la ley 11/2021, de 9 de julio, introduciendo la limitación de los 1.000 euros como cantidad límite por transacción.