En respuesta parlamentaria al grupo Popular en el Congreso el Ministerio de Derechos Sociales recuerda que se trata de una medida que es requerida por el operador para obtener la autorización del artículo 30 del real decreto 1614/2011, de 14 de noviembre.
La medida afecta sólo a consumidores que adquieran productos de SELAE por canales no presenciales, lo cual no es ninguna sorpresa porque ya se ha hablado sobre el particular en anteriores ocasiones, que es el único a través del cual existe una exigencia fehaciente de verificación de identidad.
En la manifestación de la DGOJ/Ministerio de Derechos Sociales se recuerda el período de información pública entre enero y marzo de 2023, y que la intención es aprobar en la actual legislatura.