El artículo 7.2 de la Orden aprobada por la Generalitat Valenciana y que entrará en vigor el miércoles 1 de enero de 2025 ofrece la posibilidad de ampliación los viernes, sábados, domingos y festivos, además de vísperas de festivos y durante los meses de julio, agosto y septiembre
En el caso concreto de Bingos, Casinos y Locales de Apuestas su horario sigue determinándose por la normativa sectorial reguladora de estos establecimientos.
El horario de apertura de los Salones de Juego será a las 10 horas.
La Orden 2/2024, de 20 de diciembre (DOCV del viernes 27 de diciembre) que adjuntamos, está firmada por el conseller d'Emergències i Interior, Juan Carlos Valderrama Zurián.