La Sala Social del TSJ de Navarra recuerda ambos preceptos y desestima la improcedencia del despido decretada previamente por un juzgado "porque el trabajador en la grabación denota que sabía perfectamente que estaba haciendo algo prohibido por lo que estaba incurriendo en una deslealtad hacia la empresa", según detalla Diario de Navarra
Los hechos se remontan a las Navidades de 2023 cuando fuera de su jornada laboral jugó a la ruleta en su centro de trabajo con un amigo con el que se repartió las ganancias obtenidas. En enero sería despedido alegando la empresa "conducta fraudulenta y transgresión de la buena fe contractual con menoscabo de la confianza depositada".
El recurso ante el Juzgado de lo Social de Pamplona le dio la razón y condenó al Salón a su readmisión y al pago de los salarios desde el despido o abonarle una indemnización de 11.223 euros.
La persona denunciada, que ejercía como mozo de salón, aseguró desconocer la existencia de un código de conducta que prohibiera tales prácticas.
Los magistrados resaltan que la ley del Juego "prohíbe expresamente que los empleados participen como jugadores. Por todo ello revocan la primera sentencia y declaran procedente el despido.