El 9 de julio de 2024 entró en vigor el reglamento de la Unión Europea contra el Blanqueo de Capitales que asigna a los países de la UE un límite común para pagos en efectivo en 10.000 euros, si bien en España desde 2021 ese límite se ha fijado en 1.000 euros cuando se rebajó de 2.500 euros
Lo ha recordado la plataforma Denaria, centrada en la defensa del uso de efectivo, en una información publicada en el rotativo ABC. Denaria denuncia los riesgos derivados de implantar excesivas restricciones a su utilización “al detectar flancos que están perjudicando el normal tráfico comercial en España”.
La entidad denuncia el creciente número de ciudadanos que reconoce tener dificultades para obtener dinero en metálico; en concreto, 6 de cada 10. Y todo ello cuando desde el Banco de España en su encuesta sobre sobre hábitos del uso de efectivo destaca que es el método más utilizado por los españoles y el más recurrente en el pago en establecimientos comerciales.
Denaria y evaluadores independientes defienden que la regulación española tendría que confluir con la Unión Europea y reinstaurar el límite común de 10.000 euros como nueva referencia a nivel local. Al situar un límite inferior, cuando rige el nuevo reglamento contra el blanqueo de capitales no es preciso que se adecúe porque ya está por debajo.
El propio Banco Central Europa (BCE) ya expresó su alerta sobre los efectos adversos no deseados de una reducción a sólo 1.000 euros en el caso español en las condiciones de curso legal de los billetes en euros. Son dos las razones: “reduce significativamente la capacidad de los pagadores de utilizar billetes de euros y constriñe la libertad del ciudadano para escoger el medio de pago”.