Argumenta la protección del consumidor o la prevención del fraude para justificar que no se emprenda una nueva convocatoria.
La resolución emitida por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) estima que los criterios recogidos en la LGUM no son suficientes para justificar una nueva convocatoria de licencias generales de marcas Punto Es.
Pese a que se trata de un organismo encargado de velar por la competencia, avala la decisión de la DGOJ del 26 de julio de no hacerlo amparándose en consideraciones relacionadas con "la protección del consumidor, la incitación al gasto o la prevención del fraude".