El TSJ de Andalucía ha ratificado la sentencia de la Audiencia de Sevilla que declara probado que entre septiembre de 2016 y febrero de 2019 el acusado aparentaba ante terceros "tener una posición sólida y experimentada en el mundo de las apuestas deportivas online que utilizaba como garantía para asegurar hasta un 20% mensual de la suma invertida" 

El condenado por el TSJA consiguió que le entregaran cantidades de dinero por importe total de 110.000 euros, bien en metálico, bien mediante transferencia a los números de cuenta bancaria de su titularidad que el acusado les facilitaba. Además, también utilizó como destinatario de ciertas cantidades la cuenta de un vecino, al cual pidió que recibiera dinero en su cuenta para después sacarlo y entregárselo en efectivo.

Las cuantías estafadas a cada una de las víctimas oscilaron entre los 20.150 euros en el caso del mayor importe y 1.000 euros el de menor cantidad. La condena también impone las correspondientes indemnizaciones a cada una de las personas damnificadas.

Completamos la información con un muy interesante redactado sobre el modus operandi que reproduce la sentencia: "la defensa del acusado aportó miles de apuestas deportivas realizadas en varias plataformas de apuestas online, si bien no fueron realizadas por el acusado, sino por una mujer cuya identidad se desconoce. Alega la defensa (sin acreditarlo) que es la esposa del patrocinado, que sería quien realmente operaba".

Sobre las apuestas a través de la plataforma de William Hill no se realizaron apuestas en el período enjuiciado. Y respecto de bet365 ninguna de las apuestas que aparecen en la extensa relación se corresponde con las cantidades abonadas por cualquiera de los denunciantes", que desestima el recurso de apelación de la defensa y confirma la sentencia inicial condenatoria.

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Mitos y Realidades del Juego

En torno a la oferta de juego regulada en España han surgido una serie de afirmaciones no ajustadas a la realidad. A través de noticias que aparecerán sucesivamente en este espacio, confrontaremos ciertos mitos que han consolidado principalmente en los medios de comunicación generalistas.

Público o Privado: la esencia del juego no varía, es la misma

¿Acaso el sector del Juego en España es una 'jungla'? Desde 1977 está sometido a una extensa y altísima regulación autonómica y estatal

Jugar forma parte del ocio y del entretenimiento de los españoles en el ejercicio de su libertad y responsabilidad individuales

El consumo de juego real en España, un 50% por debajo de los niveles de 2019

¿Es cierto que hay demasiada publicidad del juego, cuya finalidad es atraer dinero fácil?

Los establecimientos de juego siempre han buscado las zonas urbanas más comerciales y con mayor densidad de población

¿Acaso una empresa autorizada sujeta a multitud de requisitos administrativos, fiscales y normativos puede estar interesada en menores que se cuelan en el local?

Que los establecimientos de juego tengan fachadas opacas y vidrieras oscuras es un criterio normativo impuesto por la Administración

El sector del juego de entretenimiento privado defiende el criterio de distancia entre salones y otros locales de juego cuando se respeta la seguridad jurídica de las empresas

La práctica del juego legal en España es una actividad ejercida por la ciudadanía en el uso de su responsabilidad y libertad individual

España, entre los cuatro países del mundo occidental con un menor indicador de juego problemático

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