La Orden Foral 33/2022, de 25 de marzo, de la Consejería de Economía y Hacienda amplía el plazo de la declaración-liquidación del primer trimestre de 2022 que debía cumplimentarse como máximo el 20 de abril.
La idea responde a la nueva normativa en materia de domiciliación bancaria de pagos relativos a determinadas declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones tributarias para permitir la domiciliación de pago durante todo el período voluntario. A raíz de esta medida, fue eliminada la restricción existente en los tres últimos días hábiles del período voluntario de pago, admitiéndose las órdenes de domiciliación comunicadas a la Hacienda Foral de Navarra dentro de todo el período voluntario de pago.
El primer trimestre en que va a resultar posible domiciliar el pago hasta el último día de plazo de presentación de las autoliquidaciones es el primer trimestre de 2022 (20 de abril de 2022). La Consejería estima que esta novedad conllevará un aumento de autoliquidaciones en el último día de plazo a lo que se suma la cercanía de la Semana Santa.
Así las cosas, se amplía a la fecha del 25 de abril la presentación e ingreso de las declaraciones-liquidaciones de la tasa de juego que las empresas operadoras navarras tenían que presentar originalmente en fecha 20 de abril.
En condiciones normales la presentación e ingreso del modelo J-10 debe efectuarse trimestralmente en los veinte primeros días siguientes a la conclusión de cada trimestre natural, salvo las declaraciones del segundo y cuarto trimestres, que pueden ser presentadas hasta los días 5 de agosto y 31 de enero, respectivamente.