La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de Catalunya emite la primera sentencia que estima el recurso que interpuso la Generalitat de Catalunya contra las resoluciones del TEAR que estimaron las reclamaciones interpuestas por las empresas operadoras catalanas por las restricciones pandémicas.
En concreto, las cuotas trimestrales correspondientes al período octubre/diciembre de 2020 y el tercer trimestre de 2020 en el caso de la comarca leridana del Segrià.
Tras las sentencias en casación del Tribunal Supremo el pasado mes de enero por los recursos interpuestos por empresas operadoras de Castilla y León, eran muy escasas las esperanzas sobre un fallo favorable a las reclamaciones de las operadoras catalanas, pese a los fallos favorables emitidos en su momento por los Tribunales Económico-Administrativos (TEAR). Previsiblemente las sentencias que se emitan a partir de ahora replicarán el criterio.
Las esperanzas sobre una eventual reducción de la tasa de juego en los períodos trimestrales indicados se fundamentaban en los argumentos que el Tribunal Supremo reveló respecto de la doctrina jurisprudencial sobre el IAE en los supuestos de suspensión de la actividad por el Covid, que admitió una reducción proporcional de la cuota aplicando la regla de paralización de la actividad prevista en la normativa del IAE, de igual forma que en Catalunya sucede con la figura tributaria de la ‘suspensión temporal ‘ o ‘baja temporal’ del devengo de la tasa de juego de las máquinas que no están explotación comercial.