En la actualidad, Castilla-La Mancha es la única comunidad que determina con carácter imperativo la instalación de controles de acceso biométricos a los establecimientos de juego, pero ninguno de los ponentes jurídicos de su mesa pudieron aconsejar cuál es la alternativa

Fueron el abogado del departamento de Digital y Compliance de Deloitte, Daniel Choliz, y el profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Vigo y exletrado del Tribunal Constitucional, Juan Antonio Hernández, los que pudieron aportar al algo de luz a un tema como es la biometría que se antoja envenenado. Y sus respuestas durante el turno de preguntas fueron bastante más esclarecedoras que las que pudieron trasladar en sus respectivos turnos de exposición previos.

Daniel Choliz recordó que el propietario de los datos es la persona por lo que el foco no puede estar en la empresa. Las normativas autonómicas obligan a las empresas, pero en realidad se tratan de las personas” (…) “Los operadores pueden creer tener mayor seguridad si hay una norma autonómica que diga que se puede hacer y qué no, pero lo más probable es que el Constitucional lo rechace por vulnerar algo que es competencia estatal”. Choliz apela a poner el foco en el consentimiento y buscar una reinterpretación de ese consentimiento, pese a toda la complejidad de la coyuntura.

Hernández Corchete reconoce que a las leyes autonómicas la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) las coloca en una disyuntiva: ley autonómica y/o constitucionalidad competencia del Estado porque de lo que se trata es de un Derecho y no de una actividad de Juego” (…) “La AEPD tienen una doble vinculación: ley autonómica que, como no puede recurrir ante el Constitucional, efectúa su propia interpretación: la competencia es estatal”.

Así las cosas, difícil tesitura para Susana Pastor en este caso concreto por avanzarse en la adopción de unos criterios que fueron más allá de lo que el contexto normativo podía requerir. El problema pudiera surgir si la AEPD toma nota y busca verificación en el uso que las empresas de establecimientos de juego están desplegando en Castilla-La Mancha: la responsabilidad subsidiaria recaería en la Junta.

04b L8R0965

04c L8R1075

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Mitos y Realidades del Juego

En torno a la oferta de juego regulada en España han surgido una serie de afirmaciones no ajustadas a la realidad. A través de noticias que aparecerán sucesivamente en este espacio, confrontaremos ciertos mitos que han consolidado principalmente en los medios de comunicación generalistas.

Público o Privado: la esencia del juego no varía, es la misma

¿Acaso el sector del Juego en España es una 'jungla'? Desde 1977 está sometido a una extensa y altísima regulación autonómica y estatal

Jugar forma parte del ocio y del entretenimiento de los españoles en el ejercicio de su libertad y responsabilidad individuales

El consumo de juego real en España, un 50% por debajo de los niveles de 2019

¿Es cierto que hay demasiada publicidad del juego, cuya finalidad es atraer dinero fácil?

Los establecimientos de juego siempre han buscado las zonas urbanas más comerciales y con mayor densidad de población

¿Acaso una empresa autorizada sujeta a multitud de requisitos administrativos, fiscales y normativos puede estar interesada en menores que se cuelan en el local?

Que los establecimientos de juego tengan fachadas opacas y vidrieras oscuras es un criterio normativo impuesto por la Administración

El sector del juego de entretenimiento privado defiende el criterio de distancia entre salones y otros locales de juego cuando se respeta la seguridad jurídica de las empresas

La práctica del juego legal en España es una actividad ejercida por la ciudadanía en el uso de su responsabilidad y libertad individual

España, entre los cuatro países del mundo occidental con un menor indicador de juego problemático

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