Es uno de los principales requisitos que formula el proyecto de resolución de la DGOJ para la comercialización de juegos de loterías sometido a información pública hasta el 1 de marzo, cuyas observaciones pueden ser remitidas a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

La iniciativa atiende dos grandes áreas: evitar riesgos de fraude y criminalidad por un lado, y facilitar sistemas de protección frente a los efectos perniciosos de los participantes, que el proyecto de Resolución recuerda que son "fundamentos de la reserva otorgada a SELAE y ONCE".

Además de la creación de un sello o imagen identificativa que acredite el cumplimiento de la prohibición de acceso a sus juegos de menores, incapacitados legalmente o en situación de prohibición de acceso al juego, entre otros requisitos, tanto SELAE como ONCE tendrán que comprobar que los participantes en los juegos de lotería no incurren en personas menores de edad, en el cobro de premios por importe de 2.000 euros o superior, o bien de aquella cantidad que resulte como consecuencia de lo establecido por la normativa en materia de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.

La comprobación de que no se trata de menores sería realizada mediante el acceso por el propio operador al Sistema de Verificación de Identidad de la DGOJ, mientras que la comprobación de incapacitados legalmente o prohibidos tendrá que ser mediante el acceso al Sistema de acceso telemático del Registro General de Interdicciones al Juego de la DGOJ.

El objetivo fundamental de la iniciativa que adjuntamos es "garantizar la protección de los consumidores cuando se relacionen en la actividad de comercialización con entidades colaboradoras que utilicen medios electrónicos, telemáticos, informáticos o interactivos o con los puntos de venta de la red externa de los operadores de juego reservado a través de páginas web, aplicaciones u otros canales electrónicos, informáticos, telemáticos o interactivos de titularidad u operados por los puntos de venta.

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Mitos y Realidades del Juego

En torno a la oferta de juego regulada en España han surgido una serie de afirmaciones no ajustadas a la realidad. A través de noticias que aparecerán sucesivamente en este espacio, confrontaremos ciertos mitos que han consolidado principalmente en los medios de comunicación generalistas.

Público o Privado: la esencia del juego no varía, es la misma

¿Acaso el sector del Juego en España es una 'jungla'? Desde 1977 está sometido a una extensa y altísima regulación autonómica y estatal

Jugar forma parte del ocio y del entretenimiento de los españoles en el ejercicio de su libertad y responsabilidad individuales

El consumo de juego real en España, un 50% por debajo de los niveles de 2019

¿Es cierto que hay demasiada publicidad del juego, cuya finalidad es atraer dinero fácil?

Los establecimientos de juego siempre han buscado las zonas urbanas más comerciales y con mayor densidad de población

¿Acaso una empresa autorizada sujeta a multitud de requisitos administrativos, fiscales y normativos puede estar interesada en menores que se cuelan en el local?

Que los establecimientos de juego tengan fachadas opacas y vidrieras oscuras es un criterio normativo impuesto por la Administración

El sector del juego de entretenimiento privado defiende el criterio de distancia entre salones y otros locales de juego cuando se respeta la seguridad jurídica de las empresas

La práctica del juego legal en España es una actividad ejercida por la ciudadanía en el uso de su responsabilidad y libertad individual

España, entre los cuatro países del mundo occidental con un menor indicador de juego problemático

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