El real decreto 369/2021, de 25 de mayo, modifica el anterior 358/1991 con el fin de adecuar el órgano colegiado de la ONCE a la actual estructura departamental del Gobierno, que en la remodelación de enero de 2020 incorporó el nuevo Ministerio con atribuciones sobre Juego.
El régimen de autorizaciones que fija los límites máximos para la explotación de las modalidades de juego autorizadas, tanto en el caso del Cupón con sus límites máximos sobre el volumen máximo de emisión y ventas anuales, como en el de los Juegos Activos, Instantáneos o Pasivos, tienen a partir de ayer jueves 27 de mayo (fecha de entrada en vigor) que contar con la decisión del representante del Ministerio de Consumo que se suma al mismo.
De hecho, una de las novedades de esta modificación se fija precisamente en que la propuesta de nuevos juegos o las modificaciones puntuales de los mismos a cargo de la ONCE ya no deben remitirse únicamente a informe preceptivo de Hacienda, sino que también deberá emitirlo el Ministerio de Consumo.
Los respectivos informes preceptivos tienen que ser formalizados en el plazo de quince días y el Consejo del Protectorado es el que procederá a verificar que la propuesta de la ONCE se ajusta con carácter general a la legislación vigente y al Acuerdo General respecto de las modalidades y productos de juego autorizados a la ONCE.