El BOE del 31 de marzo publica la Orden 311/23, de 28 de marzo, del Ministerio de Hacienda que abarca las solicitudes de pago de las deudas derivadas de derechos de naturaleza pública gestionados por la AEAT y demás órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, si bien hay excepciones.
Esas excepciones son:
- Deudas que establece el código aduanero de la UE, que se regulan por el reglamento 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, salvo las contraídas en aplicación del artículo 105.4 del mismo.
- Deudas y sanciones tributarias estatales referida en la Disposición Adicional 11 de la ley 16/2022, de 5 de septiembre de reforma del texto refundido de la ley Concursal aprobado por real decreto legislativo 1/2020, de 5 de mayo para transposición de la Directiva 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019.
No se exigirán garantías para las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas cuando su importe en conjunto no exceda de 50.000 euros y estén en período voluntario y en período ejecutivo de pago.
Es derogada la Orden 2178/2015, de 9 de octubre que elevaba el límite exento de obligación de aportar garantía en solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 30.000 euros.