El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, cuya cuantía máxima destinada a esta financiación es de 950.620 euros y la fecha máxima de 1 mes para presentación de solicitudes contado a partir del 6 de abril a través de sede electrónica en la DGOJ.
Los beneficiarios de las subvenciones deben disponer de residencia fiscal en España o dispongan de un establecimiento permanente en territorio español.
Incluye centros públicos de investigación (universidades, instituciones sanitarias públicas o centros públicos de I+D+i…) centros privados de investigación (universidades privadas con actividad demostrada en I+D+i), centros de I+D+i con personalidad jurídica propia que tengan definida en sus Estatutos e instituciones sanitarias privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud que desarrollen actividades de I+D+i, entidades sin fines de lucro cualquiera que sea su naturaleza jurídica.
La convocatoria es en régimen de concurrencia competitiva de subvenciones para el desarrollo de investigaciones relacionadas con la prevención de los trastornos de juego, los efectos de tales trastornos o con los riesgos asociados a esta actividad.
Las líneas de investigación son: detección temprana de participantes con comportamiento de juego de riesgo o de mayor gravedad; daño individual, familiar o social asociado a actividades de juego en salud personal, impacto emocional o psicológico, dificultades financieras, etcétera; procesos de minimización de los efectos negativos asociados a las actividades de juego; relaciones entre el sector de los Videojuegos y el de actividades de juego (loterías, juegos de azar, póker y/o apuestas)…
La fecha de inicio del proyecto en ningún caso podrá ser anterior al 1 de enero de 2024 y sólo podrá extenderse como máximo hasta el 30 de junio de 2025.