ONCE y SELAE quedan obligados a comunicar mensualmente a la Agencia Tributaria la identificación completa de sus premiados y las eventuales retenciones o ingresos a cuenta.
Novedades incorporadas a la ley estatal del Juego (13/2011, de 27 de mayo), que aparecieron en la ley 11/21, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal que traspone en el ordenamiento español la Directiva 2016/1164, de 12 de julio de 2016 de 2016, que fija normas contra las prácticas de elusión fiscal y en materia de regulación del Juego (publicado en el BOE del 10 de julio).
Las marcas Punto Es quedan obligadas con la entrada en vigor de esta reforma legal a no utilizar denominaciones comerciales o imágenes para su identificación que guarden semejanza con vinculados con entidades que ofrezcan actividades de juego sin título habilitante, salvo expresa autorización de la DGOJ.
Dentro de "la lucha contra el fraude" las marcas licenciadas en el mercado Punto Es quedan obligadas a elaborar un manual de prevención de lucha contra el fraude que incluya una descripción de los procedimientos y medidas implementados para la identificación de los diferentes escenarios de fraude y su tratamiento. En esa misma circunstancia el operador tendrá que informar a la DGOJ sobre eventuales operaciones fraudulentas detectadas y sobre la identidad de los jugadores que participen en ellas, "cuyo consentimiento para el tratamiento de datos no será requerido".
Igualmente el licenciado con título habilitante tiene que asegurar la debida diligencia en el seguimiento de la actividad de los participantes respecto de los patrones de consumo, el nivel de depósito y gasto, los medios de pago utilizados o la capacidad económica de aquéllos en evitación de prácticas fraudulentas y de riesgo.
Es añadida una disposición adicional que obliga a SELAE y ONCE a comunicar mensualmente por medios electrónicos acerca de los premios pagados sujetos o no a retención, con identificación del perceptor y de su representante legal, fecha de celebración del sorteo o apuesta, fecha de pago del premio y forma de pago. Y, en su caso, importe de la retención o ingresos a cuenta.
La capacidad que se subroga la DGOJ para acceder a los datos de las federaciones deportivas forma parte de las posibilidades que se brindan al ente regulador para profundizar en las investigaciones.