La ley Orgánica de Comunicación impulsada por el anterior presidente Guillermo Lasso ha sido enmendada creando una situación de alegalidad que la capacita
Y es que no hay norma que prohiba la prestación de servicios de juego online en Ecuador, pero paradójicamente sí está prohibida la operativa de oferta de juego presencial. Está claro que Ecuador no puede ser identificado como un país homologado dentro de los regulados en Latinoamérica.
El único elemento regulatorio remite al pasado verano cuando fue creado un Registro de Empresas de Juego y Apuestas como continuidad de la ley de Eficiencia Económica y Creación de Empleo. Y paralelamente la aplicación de un tipo fiscal del 15% sobre el GGR que no toma en consideración si el proveedor de los servicios online está radicado en Ecuador o fuera de sus límites territoriales.