El operador Punto Es tendrá que registrar y conservar durante 2 años las comunicaciones con los participantes a través de los distintos canales de servicio de atención al jugador
La Resolución de 6 de junio formula el nuevo modelo de datos del sistema de monitorización de la información correspondiente a los registros de operaciones de juego y la modificación de los anexos de la resolución de requisitos técnicos e identificación y prohibiciones subjetivas a la participación en estas actividades en cuanto a trazabilidad y seguridad que deben cumplir los sistemas técnicos de juego de carácter no reservado objeto de licencias al amparo de la ley estatal del Juego de 2011.