El recurso judicial resalta la desventaja competitiva para aquellos operadores que se ajustaron a la normativa del land de Baden-Württenberg y sin margen de tiempo alguno quedan ahora subrogados al requisito del Cuarto Tratado Interestatal del Juego.
Ni período de transición para la adecuación a las nuevas exigencias normativas, ni comunicación de las autoridades del lander en la protección de los derechos de las inversiones realizadas por las empresas cuando la normativa de Baden-Württenberg en 2012 habilitó que el espacio de apuestas deportivas debía mantener una distancia de 500 metros respecto de la restante oferta de juegos.
La vigencia del nuevo Tratado Interestatal del Juego obliga a una nueva diferenciación en la oferta de apuestas del edificio.