El Gabinete Jurídico del consistorio malagueño refiere el posicionamiento judicial existente en la ciudad de Cádiz, cuyo ayuntamiento también intentó aplicar distancias bajo una supuesta competencia municipal.
La noticia adelantada en la crónica de Jesús Hinojosa en el rotativo Sur sobre la decisión finalmente adoptada por el consistorio malagueño pone en evidencia dos grandes hechos: el precedente del TSJ de Andalucía que en marzo de 2021 recordó las competencias autonómicas sobre esta materia ante la pretensión del Ayuntamiento de Cádiz, fallo que mereció un amplio reportaje en la revista Joc Privat (JP345/Abril 2021), y el celo en la defensa de las competencias que corresponden a la Comunidad Autónoma, en este caso a la Junta de Andalucía. Este último factor curiosamente está siendo poco referenciado por algunas Administraciones autonómicas, incluso por aquellas que siempre defendieron esta consideración.
El cambio de criterio del Ayuntamiento de Málaga se produce apenas un mes después que la Junta de Gobierno Local ratificara la modificación del PGOU. Entre medio la advertencia de la Junta de Andalucía al equipo de gobierno municipal de que no era competente para fijar esa regulación y le remitió un escrito en contra.
El PGOU del Ayuntamiento de Málaga pretendía fijar una distancia de 500 metros, incluso contabilizando zonas verdes, frente a los 150 metros que figuran en la normativa autonómica.