El nuevo reglamento entrará en vigor el 1 de junio y hasta entonces Loteries de Catalunya SAU tiene que impulsar la suscripción de contratos con las personas jurídicas que pretendan comercializar loterías colectivas en 2023.
El DOGC de ayer 22 de mayo publicó la Resolución 1705/2023, de 12 de mayo, que autoriza la comercialización, la gestión y explotación de la lotería colectiva bajo nuevas condiciones, pues deroga el anterior reglamento que databa del 6 de octubre de 2020 (decreto 116).
La Resolución determina el porcentaje mínimo y máximo destinado a premios: 40% y 80% del importe total de los billetes vendidos y que entren en un sorteo determinado. Loteries de Catalunya queda facultada para aumentar el importe destinado a premios con la dotación de fondos procedentes del fondo de reserva "para la mejora de los premios".
Define igualmente el régimen de los sorteos y de las combinaciones de números, y le asigna condición de "juego asociado a la lotería pasiva", tal como recoge la Resolución 425/2022, de 22 de febrero.
La comercialización se realizará tanto retail como online y reitera las 6 premisas en materia de 'juego responsable'.