A exposición pública hasta el 27 de junio el proyecto para "un único instrumento normativo de naturaleza reglamentaria que responda a la demanda de la coyuntura del mercado de lotería en Catalunya", que se ejecuta vía Orden.

Los objetivos que pretende atender esta reforma es la protección de los intereses relacionados con los menores de edad, otros grupos vulnerables, prevención de la adicción y otro tipo de riesgos relacionados con su práctica.

Igualmente pretende proteger a los consumidores y usuarios; aportar mayor seguridad jurídica a los integrantes de la red comercial de Loteries de Catalunya SAU, y una mayor seguridad jurídica en el desarrollo de la actividad relativa a la gestión y comercialización de lotería por Loteries de Catalunya cuando se efectúa por plataforma de juego propia y por plataformas de las personas que integran su red comercial.

En esencia, se trata de elaborar una nueva norma general que abarque todos los aspectos generales de la lotería. Acomete una revisión íntegra de los aspectos generales de la lotería que se erigen en régimen jurídico básico sobre los boletos, las condiciones y requisitos para celebrar sorteos, régimen de premios, derechos de los participantes y procedimientos de reclamación, régimen de comercialización por canales informáticos, electrónicos, telemáticos e interactivos, y medidas de 'juego responsable' y protección de menores y personas con conductas adictivas.

Si prospera el proyecto de Orden, supondrá la derogación del reglamento de 4 de agosto de 1986 (decreto 241/1986) de la EAJA; el reglamento de comercialización de juegos de lotería de la EAJA vía decreto 339/2011, de 17 de mayo, a excepción de los artículos 11, 12, 13, 14 y 15 que siguen en vigor, y; la Orden 275/2014, de 5 de septiembre de regulación de las condiciones básicas y comunes de comercialización de loterías organizadas por EAJA por medios interactivos. Además, también supone la derogación de otras 10 Órdenes relativas a las categorías de premios de todos los juegos en comercialización.

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Mitos y Realidades del Juego

En torno a la oferta de juego regulada en España han surgido una serie de afirmaciones no ajustadas a la realidad. A través de noticias que aparecerán sucesivamente en este espacio, confrontaremos ciertos mitos que han consolidado principalmente en los medios de comunicación generalistas.

Público o Privado: la esencia del juego no varía, es la misma

¿Acaso el sector del Juego en España es una 'jungla'? Desde 1977 está sometido a una extensa y altísima regulación autonómica y estatal

Jugar forma parte del ocio y del entretenimiento de los españoles en el ejercicio de su libertad y responsabilidad individuales

El consumo de juego real en España, un 50% por debajo de los niveles de 2019

¿Es cierto que hay demasiada publicidad del juego, cuya finalidad es atraer dinero fácil?

Los establecimientos de juego siempre han buscado las zonas urbanas más comerciales y con mayor densidad de población

¿Acaso una empresa autorizada sujeta a multitud de requisitos administrativos, fiscales y normativos puede estar interesada en menores que se cuelan en el local?

Que los establecimientos de juego tengan fachadas opacas y vidrieras oscuras es un criterio normativo impuesto por la Administración

El sector del juego de entretenimiento privado defiende el criterio de distancia entre salones y otros locales de juego cuando se respeta la seguridad jurídica de las empresas

La práctica del juego legal en España es una actividad ejercida por la ciudadanía en el uso de su responsabilidad y libertad individual

España, entre los cuatro países del mundo occidental con un menor indicador de juego problemático

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