El TSJ de Extremadura anula el decreto 162/2022, de 30 de diciembre, de la Junta que aprobó las obras del pretendido complejo al entender que “es incompleto” y “carece de evaluaciones ambientales previas”, pero sus promotores afirmaron ayer que “la sentencia confirma la viabilidad de Elysium City.
La sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
El rechazo del Contencioso-Administrativo al Plan de Ordenación con Incidencia Territorial y Proyecto de Ejecución de Grandes Instalaciones de Ocio, que basa en una elaboración “incompleta” y que para su elaboración necesitaría la elaboración de estudios y evaluaciones ambientales como los ciclos integrados de agua, gestión y tratamiento de residuos o energía.
De hecho, la Sala se fija en la obligatoriedad de presentar estudios y proyectos previos a la aprobación que estipula el propio artículo 9 de la ley de Grandes Instalaciones de Ocio de Extremadura.