El Consejo Económico y Social se pronuncia sobre el proyecto de decreto impulsado por la Junta para regular formalmente rifas, tómbolas y combinaciones aleatorias, “las únicas del Catálogo de Juegos que todavía carecen de regulación detallada en Castilla y León”.

Señala que la característica que diferencia a las rifas y tómbolas de las combinaciones aleatorias con fines publicitarios es que la participación en estas últimas tiene que ser gratuita y en ningún caso debe existir coste o sobreprecio en el consumo del producto o servicio objeto de publicidad.

El CES estima que subordinar las combinaciones aleatorias con fines publicitarios a autorización administrativa previa y no a formas de control administrativo a posteriori puede resultar dudoso a la vista de la normativa liberalizadora y del desarrollo acometido en diversas Comunidades Autónomas.

Cuestiona el CES el porqué se elige la cantidad de 500 euros como premio máximo para medir discrecionalmente la exención de autorización administrativa previa para celebrar rifas, tómbolas o combinaciones aleatorias por lo que le pide a la Junta una justificación de esa cuantía.

El CES considera que, si la regulación de Combinaciones Aleatorias con fines publicitarios guarda identidad con lo indicado en la Disposición Adicional Primera de la ley 25/2009 de Castilla y León, ésta debería ser regulada en el decreto en un régimen administrativo de control a posteriori, tal como se establece en la mayor parte de Comunidades Autónomas. Y cita expresamente a Cataluña, Madrid o Región de Murcia.

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Mitos y Realidades del Juego

En torno a la oferta de juego regulada en España han surgido una serie de afirmaciones no ajustadas a la realidad. A través de noticias que aparecerán sucesivamente en este espacio, confrontaremos ciertos mitos que han consolidado principalmente en los medios de comunicación generalistas.

Público o Privado: la esencia del juego no varía, es la misma

¿Acaso el sector del Juego en España es una 'jungla'? Desde 1977 está sometido a una extensa y altísima regulación autonómica y estatal

Jugar forma parte del ocio y del entretenimiento de los españoles en el ejercicio de su libertad y responsabilidad individuales

El consumo de juego real en España, un 50% por debajo de los niveles de 2019

¿Es cierto que hay demasiada publicidad del juego, cuya finalidad es atraer dinero fácil?

Los establecimientos de juego siempre han buscado las zonas urbanas más comerciales y con mayor densidad de población

¿Acaso una empresa autorizada sujeta a multitud de requisitos administrativos, fiscales y normativos puede estar interesada en menores que se cuelan en el local?

Que los establecimientos de juego tengan fachadas opacas y vidrieras oscuras es un criterio normativo impuesto por la Administración

El sector del juego de entretenimiento privado defiende el criterio de distancia entre salones y otros locales de juego cuando se respeta la seguridad jurídica de las empresas

La práctica del juego legal en España es una actividad ejercida por la ciudadanía en el uso de su responsabilidad y libertad individual

España, entre los cuatro países del mundo occidental con un menor indicador de juego problemático

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