El domingo 9 de abril entró en vigor la reforma de la ley del Juego de Baleares
Las autorizaciones que se hubieran otorgado según la norma anterior mantienen su vigencia, pero al renovar quedan obligadas a cumplir los requisitos de la ley, excepto adaptarse a la distancia de 500 metros exigida a locales de juego respecto de centros de enseñanza de menores (incluidos de 0 a 3 años), centros de tratamiento por juego patológico, zonas de ocio de menores (parques públicos y zonas deportivas a infancia y juventud) y centros permanentes de atención a menores de edad.