Ambas medidas, incluidas en el proyecto de ley de Medidas que complementa la ley de Presupuestos, se suman a la introducción formal del devengo trimestral de la tasa de juego, cuya decisión ya fue aprobada para regir el 1 de enero de 2022.
La introducción de la figura tributaria de la 'baja temporal' en la autorización de explotación de las máquinas B y C a partir del 1 de enero de 2022 prevé su utilización por el operador durante un período máximo de doce meses, tras lo cual la autorización de explotación se extinguiría causando 'baja permanente' en el supuesto que antes de vencer el plazo las empresas no hubieran recuperado de nuevo la explotación de la máquina. La 'baja temporal' sería tipificada con una cuota fiscal fija del 20% de la cuantía estipulada con carácter trimestral.
Por su parte, la descontigentación prevista se limita al parque B en cualquiera de sus tipos (de uno, dos o más jugadores, y máquinas con el juego alojado en servidor informático).
Las dos iniciativas se justifican en "la tendencia a la baja de las autorizaciones, circunstancia que se mantiene en el tiempo y hace que la Administración autonómica no considere necesario mantener un parque contingentado para este tipo de máquinas recreativas". Pero también fruto del análisis de las convocatorias, adjudicaciones y altas de las autorizaciones de explotación de máquinas B tramitadas por las operadoras adjudicatarias en años anteriores, "del que puede deducirse que tales empresas no están solicitando autorizaciones de explotación debido a la falta de demanda del mercado, apreciándose una tendencia mantenida a la baja de las autorizaciones por lo cual no es necesario mantener un parque contingentado con la limitación del número de autorizaciones de explotación en 17.108 máquinas B".
El devengo trimestral de la tasa de juego regirá a partir del 1 de enero de 2022. El argumentario de la Junta señala que "facilita la dinamización del mercado de máquinas otorgando la posibilidad a las empresas operadoras de obtener autorizaciones de explotación de máquinas B de manera flexible cuando lo necesiten por la demanda del mercado a lo largo del año sin correr el riesgo de que la liberalización del mercado pueda suponer un incremento del número de autorizaciones de explotación".
Las modificaciones son atendidas por el Consejo Económico y Social "al encajar dentro del cuerpo normativo que constituye la ley 4/1998, de 24 de junio, del Juego y Apuestas de Castilla y León, de tal forma que se incorporan como disposición adicional sexta.
El texto del anteproyecto de ley de Medidas Tributarias y Administrativas de Castilla y León que complementa a la ley de Presupuestos Generales de 2022 incluye las dos previsiones que ya estaban contempladas en uno de los anexos de la ley de Presupuestos de 2021. El Estatuto de la Comunidad fija en la fecha del 15 de octubre el plazo para que el Consejo de Gobierno de la Junta apruebe el borrador de la ley de Presupuestos para su remisión a debate en Las Cortes.