La modificación del protocolo responde a la voluntad de acometer una interconexión automatizada con el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego de la DGOJ.
El objetivo de la nueva Orden es "acomodar y actualizar" el contenido del modelo de solicitud de inscripción y de cancelación en el Registro de Limitaciones de Acceso a establecimientos de juego de Extremadura que exijan control de acceso a los mismos al contenido del Convenio, de tal manera que permita de forma voluntaria la remisión de los datos de inscripción a la Dirección General de Ordenación del Juego para su inscripción en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego de alcance estatal.
Las solicitudes de inscripción en el Registro tendrán que formalizarse en el modelo 788 dirigida al organismo titular de Juego de la Junta. En los supuestos de cancelación de inscripción deberá formalizarse el mismo modelo y abonar la tasa administrativa correspondiente.
El proyecto de Orden asigna un plazo mínimo de inscripción en el Registro por espacio de 6 meses.