La norma foral 1/2023, de 17 de enero, que aprueba determinadas modificaciones tributarias para 2023, adiciona la letra c) al apartado 1 del artículo 117 bis de la ley General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
En concreto, no enviar los ficheros TicketBAI a la Administración tributaria de manera diferida en los términos y dentro del plazo previsto para ello conforme con la normativa regulatoria de obligación TicketBAI por parte de contribuyentes que hubieran acreditado previamente la falta de cobertura e imposibilidad de acceso a la red y cuenten con una resolución para ello.
La multa asociada a esta infracción será una sanción pecuniaria equivalente a la mitad de las que derivan de aplicar lo dispuesto en el artículo 2.