Este medio de pago en la gestión recaudatoria de los tributos, entre los cuales figura el del Juego, será efectivo a partir del 1 de mayo, según desvela la Resolución 1365/2023, de 17 de abril (DOGC del 24 de abril).
La transferencia bancaria sólo puede ser utilizada por personas obligadas al pago que no dispusieran de cuenta de su titularidad en ninguna entidad colaboradora en la recaudación con la ATC. Y es válida para operaciones de pago de deudas tributarias y otros ingresos de derecho público que son gestionados por la ATC.
El pago se estima ejecutado en la fecha en que el importe transferido entra en la cuenta restringida de recaudación que ha sido comunicada a la persona interesada. En ese instante queda liberada la deuda identificado en su solicitud y por la cantidad ingresada.
En el apartado 2 de la Resolución que adjuntamos puede verse el procedimiento de pago mediante transferencia bancaria.