La Orden 606/2023, de 4 de mayo (BOCYL del 15 de mayo) modifica la fechada el 16 de marzo de 2015 (217), que creó la máquina E1 para salones, bingos y casinos, "ante el escaso interés en algunos tipos de máquinas de juego, el incremento de la demanda de las E1 y la necesidad incorporar nuevas ofertas de otras modalidades de juego que complementen el juego del bingo".
Una de las novedades es precisamente que las E1 multipuesto, aunque tengan una única autorización de explotación, ocuparán tantos emplazamientos como número de puestos de juego dispongan.
Los Salones quedan eximidos de un número mínimo de máquinas B instalables como fundamento para explotar las E1, que existía hasta la aprobación de la nueva Orden, que rige justamente hoy martes 16 de mayo de 2023.
La modificación ya no equipara a casinos de juego y salas de bingo.. El casino mantiene el mismo esquema de instalación: 6 E1 de único puesto o alternativamente 1 E1 de único puesto y otra más de E1 multipuesto; exactamente el mismo criterio.
La novedad se produce en la sala de bingo que hasta ahora mantenía el mismo máximo que el casino y desde el 16 de mayo asigna como máximo 12 unidades E1 de único puesto, o bien 12 puestos de E1 multipuesto.