Las iniciativas secundan la inicial de la Administración Central del Estado y que han seguido ya numerosas Comunidades Autónomas.
En el caso de Galicia la Orden de 14 de agosto de 2023 modifica la homónima de 15 de marzo de 2016, relativa a los aplazamientos y fraccionamientos de pago de deudas que correspondan a ingresos de la comunidad autónoma (DOG del 25 de agosto).
Para determinar la cuantía se acumularán en el momento de la solicitud tanto las deudas de la solicitud como cualquier otra del mismo deudor para las que conste que se solicitó y no resolvió el aplazamiento-fraccionamiento.
La Orden de 8 de agosto del Gobierno de La Rioja fue publicada en el BOR del 10 de agosto y replica el criterio indicado para el caso de Galicia.