El anteproyecto de ley de Presupuestos de la Junta 2024 identifica pequeñas modificaciones "que tendrían vigencia indefinida" en los artículos 75.1 y 75.2 relativos de la ley 5/2021, de 20 de octubre de Tributos Cedidos de Andalucía.
La novedad en el artículo 75.1 es que, además de los servicios de la Agencia Tributaria de Andalucía en la publicación de los datos del registro de matrículas de autorizaciones de explotación de máquinas recreativas, también se publicará en el BOJA mediante edicto de la Dirección de la Agencia Tributaria de Andalucía. La modificación prevista no afectaría al criterio ya vigente de facilitar 10 días naturales para la realización de alegaciones por parte de las personas interesadas.
Otra modificación se perfila en el redactado del artículo 75.2, de tal forma que, en vez de publicar en la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Andalucía, ésta lo será por edicto de la Dirección de la Agencia Tributaria de Andalucía con publicación en el BOJA, y donde se anunciará su puesta a disposición en la sede electrónica en la que se integren los servicios de la Agencia Tributaria de Andalucía.