La PGOU del consistorio burgalés creó una categoría específica de suelo de uso terciario que incluía a los locales de juego de titularidad privada y no afectaba los establecimientos de ONCE y SELAE “que no son generadores de juego patológico”.
El Acuerdo municipal de 19 de febrero de 2021 significaba que los establecimientos de juego de titularidad privada sólo podían ubicarse en zonas no residenciales, lo que suponía de facto excluir la competencia exclusiva en materia de Juego de la Junta de Castilla y León y conllevaba unas restricciones que impedían la instalación de locales de juego en el centro de Burgos y relegando a zonas industriales, y sin justificación en razones de idoneidad, necesidad y proporcionalidad.
El secretario General de ASECAL, Jesús Serrano, resalta que esta sentencia del Supremo “avala la tesis de los subsectores del Juego de Castilla y León que impugnaban tal modificación por vaciar y excluir las competencias de la Junta en materia de Juego y ser absolutamente desproporcionada e injustificada por cuanto la ley de Castila y León ya previó restricciones por distancias en la ubicación de locales de juego, circunstancia que no tenía en cuenta la modificación del Ayuntamiento de Burgos y además incumplía la ley de Garantía de Unidad de Mercado (LGUM)”.
Además del recurso contencioso interpuesto por ASECAL, otras asociaciones como FAOCALE, SAJUCAL y ASEOCYL de la comunidad presentaron recursos. También fue presentada por Casinos de Castilla y León.