La Disposición Adicional Cuarta del real decreto 176/2023, de 14 de marzo, que desarrolla entornos de juego más seguros (BOE 15 de marzo), obliga a la formación genérica sobre 'juego responsable o seguro' por personal que ejerza la función de comercializar juegos en establecimientos abiertos al público o vía equipos que permitan la participación en este tipo de juegos de ámbito estatal.
Recordemos que el Canal Físico Complementario de la ONCE está configurado por estancos, estaciones de servicio, quioscos de prensa, red comercial de Correos y cadenas de consumo. La Red Mixta de SELAE está configurada por estancos, papelerías, quioscos de prensa y bares. Es decir, todo el personal de las cadenas de comercialización de ambos operadores.
Todo el personal del operador tendrá que acreditar esta formación a partir del 15 de septiembre de 2023 (fecha de vigencia del real decreto), mientras que la DGOJ es encomendada a determinar un modelo de evaluación de riesgo de los juegos de un operador concreto comercializados a través del canal presencial.
Y la medida es extensiva al personal del operador en contacto con los participantes en actividades de juego, además del personal que dependa jerárquicamente de la persona responsable del 'juego seguro' en lo que respecta con periodicidad anual orientada específicamente, "entre otros aspectos, a la identificación de indicios de comportamiento s de riesgo en los usuarios y a a política de 'juego seguro' aprobada por el operador".
En el caso de la ONCE todo lo anterior presuntamente es de aplicación, aunque la Disposición Adicional Octava del real decreto recuerda el régimen específico por el que "la autoridad encargada de regular sus juegos" queda en manos del Consejo del Protectorado y en su defecto en el Consejo de Ministros.
Los establecimientos abiertos al público de SELAE y ONCE, o bien cuando se utilicen equipos que permitan la participación en estos juegos de ámbito estatal "claramente visible" tiene que figurar la prohibición de jugar de menores de edad y autoprohibidos.