El Acuerdo Estado-ONCE 2022/2031 estipula en la Cláusula 19.7.b.i que "en apoyo de las competencias de supervisión asignadas al Consejo del Protectorado suministrará a partir del 1 de julio de 2023 el registro de usuarios, cuentas de juego y cuentas del operador".
Cuando la revista Joc Privat (JP364/Septiembre 2022) desveló el contenido del Acuerdo General que había sido aprobado en Consejo de Ministros el 2 de noviembre de 2021, pero cuya fecha real data del 6 de septiembre de 2021, ya adelantó que esta circunstancia planteaba un supuesto anómalo que aparentemente no habría sido corregido: la DGOJ no exige que la ONCE pida el DNI en el ámbito presencial, puesto que esta circunstancia se circunscribe al ámbito online: ventas, premios y botes (Cláusula 19.7.b.ii).
A la ONCE se le obliga igualmente desde esta fecha del 1 de julio de 2023 a remitir a la DGOJ datos individuales de los perceptores de premios iguales o superiores a 2.000 euros, independientemente del canal por donde haya sido adquirido el cupón, participación, combinación o boleto premiado (Cláusula 19.7.b.ii).
La revista JP presentó y examinó en rigurosa primicia para sus lectores un tipo de documento que por regla general suele quedar a espaldas de la opinión pública.
JPNoticias no está en condiciones de confirmar que la ONCE esté ya facilitando la información indicada a la DGOJ.