Nuevamente la obligación de publicar los detalles del sorteo en el BOE "con antelación suficiente como garantía de los consumidores" es referenciada una vez la comercialización del boleto ya ha comenzado.
No es una novedad porque desafortunadamente esta circunstancia ya se ha repetido en ocasiones precedentes. La más reciente en esta oportunidad corresponde con el Sorteo Especial de Verano que tendrá lugar el 15 de agosto. La publicación de sus pormenores en la Resolución de 22 de junio de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales (BOE del 6 de julio) contrasta radicalmente con la fecha de inicio de comercialización de estos boletos, que fue en el ya lejano 31 de mayo.
Es decir, la publicación en el BOE de sus características se ha producido un mes y seis días después de comenzar la distribución comercial, lo que contradice el marco de ordenación de la ONCE que estipula el deber de "comunicar con antelación suficiente" las condiciones de todas sus modalidades de juego autorizadas.
El BOE del 6 de julio también recogió las características de otros dos sorteos especiales de la lotería 'Cupón de la ONCE': el 1 de enero de 2022, Cupón Extra de Navidad de la ONCE, y el 11/11 del 11 de noviembre. En estos casos sí con la requerida antelación.