Las renovaciones de inscripción en el Registro de Empresas de Máquinas Recreativas de Catalunya tienen que tramitarse con una antelación mínima de 6 meses
Recordatorio de la Direcció General de Tributs i Joc para que las empresas en el proceso de renovación respeten la obligación de respetar el período mínimo de 6 meses estipulado reglamentariamente en el artículo 30.2 del decreto 23/2005, de 22 de febrero.