El premio máximo de las B en Galicia no puede exceder 500 veces el precio máximo de la partida simple o la suma del precio de las partidas simultáneas
La nueva ley del Juego de Galicia modifica determinados requisitos generales de la B que aparecen definidos en el artículo 7 del reglamento de Máquinas Recreativas aprobado en el decreto 39/2008, de 21 de febrero.