Las empresas únicamente pudieron atenerse a la fórmula del aplazamiento tributario, puesto que la Agencia Tributaria no adoptó bonificación o exención fiscal por los días de ausencia de actividad durante el confinamiento o cierre de establecimientos durante la pandemia que impidieron de facto formalizar el hecho imponible.
La contribución fiscal por la tasa de juego aplicada sobre las B y C en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla concluyó 2020 con unos ingresos de 0'69 millones de euros. Esta cifra significa una caída del -38'61% respecto de la cantidad ingresada por estas mismas empresas en el ejercicio 2019 cuando la suma de ambas ciudades reflejó un ingreso de 1'12 millones de euros.
Los operadores de Máquinas B y C en Ceuta y Melilla están sometidos a un devengo de periodicidad anual valorado en 1.765'50 euros en el caso de las B y de 2.010'38 euros en el caso de las máquinas C. Este devengo es satisfecho por las empresas a la Agencia Tributaria.
Fuentes del Ministerio de Hacienda confirmaron a JPNoticias en julio de 2020 que no se iba a adoptar bonificación alguna de carácter tributario por las fechas de cierre forzoso vividas a lo largo del ejercicio, tanto por cierres como por restricciones horarias y de aforo.
Así las cosas, las únicas alternativas (al margen de la opción de pleitear en el TEAR) ante la Administración General de Estado eran el aplazamiento o fraccionamiento individualizado en cada caso.