Además de incluir aspectos directamente relacionados con la actividad del Bingo, la normativa modifica los artículos 62, 63 y 64 de la reglamentación de Máquinas de Baleares.
Fuentes oficiales consultadas por JPnoticias en el Govern balear han confirmado que el texto apura sus últimas fechas en el seno del Consell Consultiu y que, una vez se disponga del informe preceptivo, será traslado al Consell de Govern para su ratificación.
Lo cierto es que se trata de una reforma normativa que lleva prácticamente un año en marcha desde que a comienzos de octubre de 2020 fuera iniciado el procedimiento de 'información pública'.
En la óptica del Bingo el proyecto de decreto limita a 4 salas el máximo en toda la comunidad balear, circunstancia que de facto significa la exclusión de opción alguna en el territorio de Menorca; habilita la modalidad del bingo electrónico como gran novedad introduciendo un porcentaje a premios distinto del asignado a la modalidad tradicional, y; el mantenimiento del criterio de 'silencio administrativo negativo' conforme a lo estipulado en la ley del Juego vigente en procedimientos tales como autorizaciones de instalación, y solicitud y tramitación.
El texto también ha sido aprovechado por la Administración balear para acometer una reforma en parte del articulado del reglamento de Máquinas. El más relevante hay que inscribirlo en el hecho que el cambio de ubicación o traslado de una máquina recreativa requiera una 'nueva comunicación de emplazamiento' que redunde en la extinción de la anterior.