"Existe interés casacional objetivo en la causa", argumenta el Supremo a raíz del recurso que dirige el bufete de Santiago Moreno contra el fallo de la Audiencia Nacional que estimó el requisito contrario a los principios de necesidad y proporcionalidad fijados en la LGUM.

El Auto de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS ha admitido a trámite los recursos interpuestos por AGEO y un amplio grupo de empresas operadoras gallegas contra el fallo de la Audiencia Nacional del 12 de noviembre de 2020 que anulaba la Resolución de la Xunta, que denegaba la autorización para la instalación de una máquina de apuestas por falta de conformidad del titular de la máquina B.

Los recursos, presentados bajo la dirección letrada del Despacho Santiago Moreno Abogados, aspiran a mantener la vigencia del reglamento, lo que supone el mantenimiento del actual status quo en Galicia para la instalación de máquinas auxiliares de apuestas en locales de hostelería que requiere la firma del operador de la B para su autorización.

El TS estima, según señala el comunicado de AGEO, que "es preciso matizar, precisar o corregir en relación con la aplicación de los principios de necesidad y proporcionalidad en las medidas de limitación del ejercicio de actividad económica del juego (en este caso, instalación de máquinas de apuestas en hostelería) desde la perspectiva de la intervención de un tercer competidor en el procedimiento de autorización de la actividad".

BANNER-BLANC
BANNER-BLANC
BANNER-BLANC
BANNER-BLANC
BANNER-BLANC
BANNER-BLANC
BANNER-BLANC

Mitos y Realidades del Juego

En torno a la oferta de juego regulada en España han surgido una serie de afirmaciones no ajustadas a la realidad. A través de noticias que aparecerán sucesivamente en este espacio, confrontaremos ciertos mitos que han consolidado principalmente en los medios de comunicación generalistas.

Público o Privado: la esencia del juego no varía, es la misma

¿Acaso el sector del Juego en España es una 'jungla'? Desde 1977 está sometido a una extensa y altísima regulación autonómica y estatal

Jugar forma parte del ocio y del entretenimiento de los españoles en el ejercicio de su libertad y responsabilidad individuales

El consumo de juego real en España, un 50% por debajo de los niveles de 2019

¿Es cierto que hay demasiada publicidad del juego, cuya finalidad es atraer dinero fácil?

Los establecimientos de juego siempre han buscado las zonas urbanas más comerciales y con mayor densidad de población

¿Acaso una empresa autorizada sujeta a multitud de requisitos administrativos, fiscales y normativos puede estar interesada en menores que se cuelan en el local?

Que los establecimientos de juego tengan fachadas opacas y vidrieras oscuras es un criterio normativo impuesto por la Administración

El sector del juego de entretenimiento privado defiende el criterio de distancia entre salones y otros locales de juego cuando se respeta la seguridad jurídica de las empresas

La práctica del juego legal en España es una actividad ejercida por la ciudadanía en el uso de su responsabilidad y libertad individual

España, entre los cuatro países del mundo occidental con un menor indicador de juego problemático

BANNER-BLANC
BANNER-BLANC

Buscar

Área Privada de Clientes

Área Privada de Suscriptores de la revista Joc Privat.