En la fecha de emitir el dictamen la suspensión de títulos habilitantes adoptada alcanzaba una duración de 4 años, 9 meses y 25 días, lo que es "una situación extraña".
Recalca el CES en el análisis del anteproyecto de ley que reforma la vigente ley del Juego de Canarias que "los condicionantes que pueden disciplinar el acceso al mercado (y, por ende, la libertad de empresa como manifestación esencial de la misma) deben ser tratados como intervenciones sobre el derecho de libertad de empresa y como tales tienen que ser analizadas a la luz del principio de proporcionalidad".
El Consejo Económico y Social no halla ni en la exposición de motivos del anteproyecto de ley de Modificación de la ley 8/2011, de 15 de julio, de los Juegos y Apuestas, ni en la propuesta de solicitud de dictamen formulada por el consejero de Administraciones Públicas referencia alguna a la modificación que el decreto-ley 16/2021, de 9 de diciembre, ha operado sobre la ley 2/2020, de 14 de octubre, que suspendió los títulos habilitantes de nuevos locales.
No es extraño que considere que el anteproyecto de ley en tramitación no esté dando respuesta a la Resolución 10L sobre regulación efectiva del juego y apuestas en Canarias "y que para llevar a efecto su contenido no era la modificación de la ley vigente la única vía, ni la más efectiva para realizarla".
Igualmente promueve una defensa encendida del CES en favor del 'silencio administrativo positivo' conforme a la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común por su identificación con la liberalización del acceso y establecimiento a las actividades de servicios para lo que se vale de los mecanismos de comunicación previa y declaración responsable. Recalca que el 'silencio negativo' sólo puede ampararse en "causa justificada de interés general y, con ello, la necesidad de motivar dicha causa".
Considera que "las causas que pudieran haber justificado el sentido del silencio 'escogido' parece que han desaparecido al haber sido sustituidas en la gran mayoría las autorizaciones administrativas por las declaraciones responsables o las comunicaciones previas.