El acelerado dictamen al requerimiento de urgencia del presidente de Canarias, Ángel Víctor Torres, es atendido por "responsabilidad, cooperación institucional y en aras de no perjudicar la tramitación del proyecto de ley ante el fin de legislatura", pero no excluye un severo reproche.
Y es que el Consejo Consultivo saca los colores del Ejecutivo autonómico al recordarle que la tramitación de la iniciativa en el seno del Gobierno se extendió por espacio de más de 2 años, mientras el plazo del dictamen se pide en 15 días.
El acortamiento del plazo es siempre un "cauce excepcional". Y en esa línea señala que la urgencia del trámite no es por si sola condicionante suficiente per se de la urgencia que tienen que requerirse y emitirse por parte del Consejo. "La declaración de urgencia se conecta con circunstancias objetivas y/o temporales y no de mera conveniencia de que las normas entren en vigor a la mayor brevedad posible". En este caso la urgencia reside en el fin de legislatura (próxima a concluir), pero esta circunstancia "era fácilmente previsible desde el comienzo de la misma hace casi cuatro años por lo que este motivo no justifica la urgencia", censura con vehemencia.
Tampoco le vale al Consultivo que el Ejecutivo recurra al argumento de la 'trascendencia social' para apelar a la urgencia "porque ésta siempre la tuvo". Y en este sentido reprocha que el Gobierno se manifiestó a favor de la misma el 22 de abril de 2021, pero en ningún momento acordó aplicar la urgencia estipulada conforme el decreto 15/2016, de 11 de marzo, que fija los cauces para la tramitación de las normas.