Recuerda que la remisión sancionadora al reglamento tiene que ceñirse a los tipos infractores y a las sanciones que previamente hayan sido establecidas en la ley.
El Consejo Consultivo de Canarias ha colgado en la web su dictamen del proyecto de reforma de la ley del Juego con fecha de 29 de diciembre de 2022, pero no es menos cierto que cuando el 19 de enero el Consejo de Gobierno aprobó la remisión del texto al Parlamento de Canarias ese documento no constaba como realizado, tal como informamos en JPNoticias en la edición del 20 de enero. En aquel instante ya pusimos de manifiesto lo anómalo de este hecho, que aparentemente se ha subsanado incorporando el documento en el portal del Consejo Consultivo a mediados de la pasada semana.
Es bastante escueto el documento, pues no en vano reconoce que ya se ha pronunciado sobre determinados aspectos en evaluaciones y dictámenes precedentes.
Se refiere a los derechos de los menores reconocido en el artículo 13 del Estatuto de Autonomía de Canarias, señalando que la materia de protección de menores debe ser interpretada considerando el límite de las competencias exclusivas del Estado, incluidas las relativas a 'legislación civil' conforme con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y que el Consultivo remarca en el dictamen que es recogido en el proyecto legislativo.
Recuerda que la prohibición de acceso al juego también puede venir determinada por resolución judicial y que la ineficacia de la 'declaración responsable' de instalación implica la pérdida de la fianza que vincula con la máquina.