El TSJA reconoce en la exposición del consistorio gaditano un cúmulo de referencias genéricas sin aclaración para justificar la existencia de un supuesto problema de juego en la ciudad de Cádiz, descripción que refrenda lo publicado por la revista Joc Privat (JP345/Abril 2021) al aprobarse el PGOU.
Ayer miércoles 8 de marzo fue comunicada a las partes el fallo de la Sala del Contencioso Administrativo del TSJ de Andalucía que estima el recurso interpuesto a comienzos de 2021 por la empresa operadora Gestión de Juegos, Junta de Andalucía y la asociación AGARE-Cádiz contra el acuerdo plenario del Ayuntamiento de Cádiz. La sentencia estimatoria, que es susceptible de casación por el consistorio, se pronuncia sobre los Autos acumulados 40/21, 41/21 y 45/21.
La ausencia de capacidad competencial del Ayuntamiento en favor de la Administración autonómica y la vulneración de los principios de la LGUM son referenciados en el fallo dentro de las consideraciones formales evaluadas por la Sala. Sin embargo, resultan especialmente llamativas las reflexiones que el TSJA efectúa a propósito del argumentario del Ayuntamiento.
En efecto, el TSJA reclama del consistorio aclarar las personas atendidas y sobre ese total, cuántos eran los pacientes atendidos por adicciones al juego patológico y/o por adicciones al teléfono móvil , "únicas alternativas en el informe municipal que aborda los problemas comportamentales" (...) "Lo demás son referencias genéricas a España, otras provincias y otros países. La falta de motivación de la modificación puntual es manifiesta en este sentido".
En esencia, el cúmulo de presunciones que pretendía justificar un supuesto problema en la ciudad de Cádiz con el que tituló la revista Joc Privat (JP345/Abril 2021) al analizar la reforma del PGOU del consistorio. Entonces JP señalaba la contradicción de las afirmaciones del Ayuntamiento que aseguraba "una amplia oferta de lugares de juego", cuando objetivamente el número de establecimientos de titularidad privada no ha aumentado en los últimos diez años. Y por ejemplo la mezcla de "los beneficios por juego online" y la supuesta apertura de locales en 'zonas vulnerables'. Un collage deslavazado que en ningún momento aportaba detalle alguno sobre la situación real de la oferta de juego en la ciudad de Cádiz y su eventual impacto en la salud de su población como se ha encargado de refrendar la sentencia del TSJA en fecha 2 de marzo.