Las modalidades actuales prorrogan los ERTEs hasta el 31 de octubre, mientras que a partir del 1 de noviembre será obligatorio solicitar ante la autoridad laboral competente su prórroga en el plazo que abarca del 1 al 15 de octubre.

En el último caso citado corresponde a la empresa la obligación de solicitar a la autoridad laboral la prórroga de todos los expedientes para extender los beneficios hasta el 28 de febrero: deben presentar listado de horas o días de trabajo suspendidos o reducidos desde julio de 2021.

En el caso de ERTEs por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción deberán aportarse informe de los representantes de los trabajadores. Preservan la simplificación de trámites para pasar de un ERTE de impedimento a uno de limitación y viceversa por lo que bastará sólo con comunicarlo a la autoridad laboral y a los sindicatos.

En cuanto a los porcentajes de exoneración por los ERTEs:

  1. En octubre se mantienen los mismos que hasta septiembre.
  2. A partir del 1 de noviembre regirá un nuevo esquema en que las exoneraciones de mayor cuantía quedan vinculadas a que las empresas den formación a los trabajadores suspendidos de empleo:
    • Empresas de más de 10 trabajadores: exoneración en pagos a la Seguridad Social del 80% si imparten formación; en el caso de no hacerlo, un 40%.
    • Empresas de hasta 10 empleados: exoneración en los pagos del 80% si imparten acciones formativas y del 50% si no lo hacen.
  3. Además de los formativos, a partir del 1 de noviembre también se mantiene la modalidad 'de impedimento' relacionada con la limitación de actividad ante posibles restricciones: la exoneración será del 100% de la aportación empresarial devengada a partir de noviembre de 2021 durante el cierre y hasta el 28 de febrero.

En el plano formativo las empresas tendrán que dedicar 30 horas de formación/persona si tienen entre 10 y 49 trabajadores, y 40 horas en el caso de plantillas superiores; la formación tendrá que impartirse durante la jornada suspendida. Las empresas que formen personas en ERTE tendrán derecho a un aumento del crédito que se utiliza para financiar la formación programada recogida en la ley del sistema de formación profesional para el empleo: 160 euros/persona (empresas de menos de 10 trabajadores); 240 euros/persona (empresas de 10 a 49 empleos), y; 320 euros/persona (empresas de 50 o más empleados).

El coste de los ERTEs asociados a la Covid en las arcas de la Seguridad Social, una vez sumada esta nueva prórroga hasta finales de febrero de 2022, habrá sido de 22.200 millones de euros.

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Mitos y Realidades del Juego

En torno a la oferta de juego regulada en España han surgido una serie de afirmaciones no ajustadas a la realidad. A través de noticias que aparecerán sucesivamente en este espacio, confrontaremos ciertos mitos que han consolidado principalmente en los medios de comunicación generalistas.

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¿Acaso el sector del Juego en España es una 'jungla'? Desde 1977 está sometido a una extensa y altísima regulación autonómica y estatal

Jugar forma parte del ocio y del entretenimiento de los españoles en el ejercicio de su libertad y responsabilidad individuales

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¿Es cierto que hay demasiada publicidad del juego, cuya finalidad es atraer dinero fácil?

Los establecimientos de juego siempre han buscado las zonas urbanas más comerciales y con mayor densidad de población

¿Acaso una empresa autorizada sujeta a multitud de requisitos administrativos, fiscales y normativos puede estar interesada en menores que se cuelan en el local?

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La práctica del juego legal en España es una actividad ejercida por la ciudadanía en el uso de su responsabilidad y libertad individual

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